SAC

Servicio de Atención al Cliente (SAC) 

PROTEGIENDO FUTURO J&B CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L. dispone de un Servicio de Atención al Cliente (SAC) / Departamento de Atención al Cliente (DAC), externalizado en W2B SERVICIOS AUXILIARES DE GESTIÓN, S.L., encargado de atender y resolver las quejas y reclamaciones relacionadas con la actividad de distribución de seguros y con los intereses y derechos legalmente reconocidos de sus clientes.

La externalización del servicio no altera la responsabilidad de PROTEGIENDO FUTURO J&B CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L. respecto de su adecuado funcionamiento.

El titular del Servicio es D. Jorge Campos Moral, quien figura inscrito en el Punto Único de Información de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) en la ficha de la correduría.

El Servicio desarrolla sus funciones con independencia funcional respecto de los departamentos comerciales y operativos de la correduría, actuando con imparcialidad, objetividad, diligencia, gratuidad, accesibilidad y transparencia.

Titular y datos de contacto del Servicio de Atención al Cliente (SAC) 

W2B SERVICIOS AUXILIARES DE GESTIÓN, S.L.

Titular del servicio: D. Jorge Campos Moral

Dirección postal: Calle Segundo Mata, 1, Planta 2, Oficina 8,
C.P. 28224 Pozuelo de Alarcón (Madrid)

Correos electrónicos:
jorge.campos@grupow2b.es
jorge.campos@dacseguros.com

Funciones del  Servicio de Atención al Cliente (SAC) 

El Servicio de Atención al Cliente (SAC) tiene como función principal atender y resolver las quejas y reclamaciones presentadas por los tomadores de seguros, asegurados, beneficiarios y demás usuarios de los servicios de mediaciónde PROTEGIENDO FUTURO J&B CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L. relacionadas con sus intereses y derechos legalmente reconocidos.

Sus principales funciones son:

  • Recibir, tramitar y resolver las quejas y reclamaciones que correspondan al ámbito de competencia del Servicio de Atención al Cliente (SAC).
  • Actuar con independencias funcional respecto de los departamentos comerciales y operativos de la correduría, de conformidad con la normativa aplicable y con su Reglamento de funcionamiento.
  • Garantizar una tramitación objetiva, transparente y adecuada de las reclamaciones.
  • Facilitar al reclamante información sobre el estado y la resolución de su reclamación.
  • Mantener constancia de las reclamaciones recibidas y de las actuaciones realizadas durante su tramitación.

Cómo presentar una queja o reclamación

Las quejas y reclamaciones podrán presentarse directamente por las personas legitimadas para ello o mediante representante debidamente acreditado, por escrito, en soporte papel o a través de medios informáticos, electrónicos o telemáticos que permitan su lectura, impresión y conservación.

La presentación de quejas y reclamaciones ante el Servicio de Atención al Cliente (SAC) es gratuita para todas las personas reclamantes.

Las quejas y reclamaciones podrán presentarse a través de los siguientes canales habilitados:

Por correo electrónico:
jorge.campos@grupow2b.es
jorge.campos@dacseguros.com

Por correo postal:
SAC – Grupo W2B
Calle Segundo Mata, 1, planta 2, oficina 8
28224 Pozuelo de Alarcón (Madrid)

Presencialmente, en cualquiera de las oficinas abiertas al público de PROTEGIENDO FUTURO J&B CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L.

También podrán utilizarse otros medios electrónicos que PROTEGIENDO FUTURO J&B CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L. habilite expresamente para la presentación de quejas y reclamaciones, siempre que permitan dejar constancia de su recepción y contenido.

La presentación de una queja o reclamación no podrá realizarse por vía telefónica.

El Servicio de Atención al Cliente (SAC) deberá dictar un pronunciamiento y finalizar el expediente en el plazo máximo de un mes desde la presentación de la queja o reclamación ante PROTEGIENDO FUTURO J&B CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L.

Para facilitar su presentación, J&B Correduría de Seguros pone a disposición de sus clientes el formulario de queja o reclamación incluido como anexo en el Reglamento del Servicio de Atención al Cliente (SAC). Su utilización no es obligatoria: podrá presentarse cualquier otro escrito que reúna los requisitos legalmente exigibles.


Reglamento del SAC y formulario de queja o reclamación (PDF)

Registro, justificante y seguimiento de la queja o reclamación

Toda queja o reclamación recibida dará lugar a la apertura del correspondiente expediente.

El Servicio de Atención al Cliente (SAC) acusará recibo de la queja o reclamación por escrito, en papel o en cualquier otro soporte duradero, dejando constancia de su contenido, fecha y hora de presentación.

Cada queja o reclamación recibida será registrada e incorporada al correspondiente expediente, dejando constancia de su recepción y de las actuaciones realizadas durante su tramitación. La persona reclamante podrá solicitar información sobre el estado de su expediente a través de los canales de contacto habilitados por el Servicio de Atención al Cliente (SAC).

El cómputo del plazo máximo para resolver comenzará desde la fecha de presentación de la queja o reclamación ante PROTEGIENDO FUTURO J&B CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L. El justificante de recepción se facilitará por el mismo canal utilizado para su presentación o por otro medio válido indicado por la persona reclamante.

Resolución y notificación de la queja o reclamación

El Servicio de Atención al Cliente (SAC) deberá dictar un pronunciamiento y finalizar el expediente en el plazo máximo de un mes desde la presentación de la queja o reclamación ante PROTEGIENDO FUTURO J&B CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L., sin perjuicio de las interrupciones del cómputo legalmente previstas.

Si por circunstancias excepcionales no fuera posible resolver la queja o reclamación dentro del plazo establecido, se informará a la persona reclamante de las circunstancias que lo impidan y de las actuaciones realizadas para su resolución, sin que dicha comunicación suponga por sí misma una ampliación del plazo máximo legalmente establecido.

La resolución será motivada, contendrá conclusiones claras y dará respuesta a las cuestiones planteadas por el reclamante.

La decisión será notificada al interesado en el plazo máximo de diez días naturales desde su fecha, por escrito o mediante cualquier otro soporte duradero, utilizando el canal indicado por el reclamante o, en su defecto, el empleado para presentar la queja o reclamación. La notificación se realizará en la misma lengua en la que se hubiera presentado.

Si no está conforme con la resolución

Si se deniega la admisión de la queja o reclamación, se desestima total o parcialmente la petición, o transcurre el plazo de un mes sin haberse dictado resolución, el reclamante podrá acudir al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP).

Para acudir al Servicio de Reclamaciones de la DGSFP será necesario acreditar que previamente se presentó la queja o reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente (SAC) de PROTEGIENDO FUTURO J&B CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L.

La reclamación ante la DGSFP podrá presentarse a través de los canales y procedimientos habilitados por dicho organismo. Cuando la resolución del Servicio de Atención al Cliente (SAC) sea desfavorable, se informará expresamente a la persona reclamante de esta posibilidad y de los medios disponibles para ejercer su derecho.

La posibilidad de acudir al Servicio de Reclamaciones de la DGSFP se entiende sin perjuicio de las demás vías legalmente disponibles.

Información sobre el procedimiento de reclamaciones de la DGSFP

Reglamento y normativa aplicable

La tramitación de las quejas y reclamaciones se realizará de conformidad con el Reglamento de Atención al Cliente – Procedimiento de Quejas y Reclamaciones de PROTEGIENDO FUTURO J&B CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L., que se encuentra permanentemente accesible en esta página mediante el enlace «Reglamento del SAC y formulario de queja o reclamación (PDF)».

El Servicio de Atención al Cliente (SAC) desarrolla sus funciones de acuerdo con la normativa vigente en materia de distribución de seguros y protección de la clientela de servicios financieros y, en particular, con las siguientes disposiciones:

  • Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, en su redacción vigente, especialmente en materia de atención y protección de la clientela.
  • Ley 10/2025, de 26 de diciembre, por la que se regulan los servicios de atención a la clientela, que modifica la Ley 44/2002 y resulta aplicable al sector financiero en los términos legalmente previstos.
  • Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, en lo relativo a la distribución de seguros y reaseguros privados.
  • Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, en sus disposiciones vigentes y aplicables.
  • Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, en lo relativo al procedimiento de presentación de reclamaciones ante el Servicio de Reclamaciones de la DGSFP.
  • Y demás normativa que resulte aplicable en materia de transparencia y protección de la clientela.

Horario del Servicio de Atención al Cliente

El Servicio de Atención al Cliente (SAC) de PROTEGIENDO FUTURO J&B CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L. presta atención a toda su clientela con independencia de su lugar de residencia y del canal habilitado que utilice para relacionarse con la correduría.

La atención personalizada del Servicio de Atención al Cliente se prestará, con carácter general, en el siguiente horario:

Lunes a viernes: de 08:30 a 13:30 h.
Lunes a jueves: de 16:30 a 19:30 h.

Este horario será de aplicación salvo los días festivos o no laborables que resulten aplicables al servicio, así como cualquier modificación temporal del horario que sea debidamente comunicada por la correduría.

La atención presencial en las oficinas abiertas al público estará sujeta, además, al horario de apertura y al calendario de festivos nacionales, autonómicos y locales que corresponda a cada oficina.

Las quejas y reclamaciones deberán presentarse por escrito, a través de cualquiera de los canales válidamente habilitados por la correduría. No podrán presentarse formalmente por vía telefónica.

Los canales electrónicos habilitados podrán utilizarse para la presentación de quejas y reclamaciones con independencia del horario de atención personalizada.

El cómputo del plazo máximo para resolver comenzará desde la fecha de presentación de la queja o reclamación ante PROTEGIENDO FUTURO J&B CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L., por cualquiera de los canales válidamente habilitados para ello. Se dejará constancia de la fecha y hora de presentación conforme a lo establecido en el Reglamento de Atención al Cliente.

La externalización de la gestión del Servicio de Atención al Cliente no modifica la fecha de presentación de la queja o reclamación ni el inicio del cómputo de los plazos establecidos en el Reglamento.

La atención, tramitación y seguimiento personalizados de las quejas y reclamaciones se efectuarán dentro del horario de atención del Servicio.

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